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Licencia de tecnología

Contrato mediante el que la USC transfiere el derecho de uso de una determinada tecnología a una entidad bajo unas determinadas condiciones con el fin de incluirla en sus productos o servicios. Este acuerdo puede llevar asociado un contrato de I+D para la realización de desarrollos o adaptaciones adicionales o un contrato de asistencia técnica para asesorar a la entidad en la integración de la tecnología en su cartera de productos o servicios.

Aspectos clave

Condiciones

  • Exclusividad: la licencia puede ser en exclusiva para una entidad o no-exclusiva. La licencia exclusiva puede restringirse para un determinado ámbito territorial y también a una o varias áreas de negocio. Esto permite licenciar la misma tecnología a varias entidades que no son competencia directa entre sí.
  • Duración: en principio, se establecen unas condiciones de licencia por un periodo determinado, habitualmente de 5 años, prorrogable en caso de interés por parte de la entidad que ha adquirido la licencia.
  • Código fuente: por defecto, las licencias de software no incluyen la entrega del código fuente, aunque se puede valorar en el caso de que la entidad lo solicite. Adicionalmente, también se podría incluir una cláusula permitiendo a la entidad que adquiere la licencia el derecho a modificar el código fuente.
  • Derechos de sublicencia: en principio, las licencias de tecnología no permiten que la entidad que tiene la licencia otorgue directamente nuevas licencias a terceros sin nuestro consentimiento expreso, aunque se puede valorar la concesión de derechos de sublicencia en casos específicos.

Presupuesto y pagos

Los pagos de una licencia pueden ser de 3 tipologías:

  • Pago frontal (Upfront payment): pago único asociado a un determinado hito, por ejemplo la firma del contrato o la entrega de un desarrollo.
  • Pago por regalías (Royalties): es un pago anual correspondiente a un porcentaje de las ventas anuales del producto o servicio que incluya la tecnología licenciada.
  • Pagos fijos: pagos asociados a hitos, por ejemplo por anualidad, a la fecha de comercialización del producto.

En el caso específico de licencias en exclusiva, se suele exigir un pago frontal y algún pago fijo con el objetivo de garantizar el compromiso de la entidad en la comercialización de la tecnología.

Distribución de los ingresos

Tal y como se especifica en el Reglamento de Protección, Explotación y Participación de resultados de investigación generadas en la Universidade de Santiago de Compostela, los ingresos correspondientes a la licencia de tecnología se distribuyen de la siguiente forma:

Ingresos Equipo inventor Grupo de investigación USC
< 25.000€ 80% 0% 20%
25.0001€ a 100.000€ 50% 20% 30%
> 100.000 € 45% 20% 35%